Ciudades inteligentes y la Ley 18 de NY

Octubre de 2007, Brian Chesky y Joe Gebbia, acaban de mudarse a San Francisco desde Nueva York, sin trabajo y sin recursos para pagar la renta. Se celebra la convención de diseño industrial y no queda disponible ni una sola plaza hotelera en la ciudad: “la oportunidad”. Compran tres colchones hinchables y ponen en renta a través de internet, espacio en su apartamento: Air bed and breakfast… cada uno de sus tres huéspedes paga 80 dólares por dormir y desayunar. 

Nathan Blecharczyk se une unos meses más tarde al proyecto. La convención demócrata de Denver es el siguiente escenario, los seguidores de Obama en Denver alojan a seguidores de otros lugares.

Había nacido Airbnb, una plataforma a través de la que los poseedores de vivienda, (propietarios o arrendatarios) alojan en ellas- “habitación de visitas”- a viajeros que, por distintos motivos, se desplazan a un lugar distinto de su residencia habitual, por un periodo indeterminado de tiempo. 

La creatividad y la economía colaborativa hicieron surgir hace quince años una compañía que revolucionaría el sector turístico e inmobiliario en todo el planeta. 

Una revolución que, como toda revolución, generó sus amantes y detractores. Es curioso, porque gran parte de los detractores de la plataforma en sus ciudades de residencia, reconocen haber usado Airbnb cuando se desplazan a otros lugares, por motivos diversos.

Con Airbnb se dio el pistoletazo de salida a muchas tendencias, entre otras, a la confusión entre usos inmobiliarios: es hotelero, es residencial, es residencial turístico, es  … ponerle puertas al campo. Justo eso es lo que se ha comenzado a hacer. La última regulación restrictiva de la actividad de renta de apartamentos por tiempo inferior a treinta días entró en vigor el 5 de septiembre de 2023, en la Ciudad de Nueva York.

Con la nueva ley local 18 de Nueva York, aprobada en junio de 2023, los propietarios que alquilen por periodos inferiores a treinta días, deben estar inscritos en un registro, tienen que convivir con los inquilinos, no pueden tener más de dos huéspedes simultáneos… 

La regulación limitativa del uso de la propiedad privada de las viviendas, en este caso, de Nueva York,  da satisfacción tanto al sector hotelero, al que han liberado de su feroz competencia, como al numeroso grupo de habitantes de la ciudad, formado por arrendatarios que en los últimos años han visto cómo se elevaba el precio de la renta y de la alternativa: el precio de compra de vivienda. Lo que llaman “falta de viviendas asequibles”.

Se enfrentan dos posturas: por un lado la preservación de los barrios en su autenticidad, en su esencia, la utópica idea de que el mundo se pare, favorecer viviendas disponibles a precio asequible -no se dice para quien- contra la presumible disminución de visitantes, en perjuicio del sector turístico y con ello de la economía local. 

¿Se producirá un incremento del precio de los hoteles de Nueva York ante la disminución de alojamiento disponible para estancias inferiores a un mes? ¿En qué medida disminuirá el número de visitantes en la ciudad? ¿Cuál será la pérdida de valor de los inmuebles en la ciudad? ¿Se producirá un aumento de la oferta de vivienda disponible para renta de larga duración y/o venta?

Let´s see what happens

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